Abusos sexuales bajo amenazas, los graves delitos imputados al jefe de inspectores de Reconquista
El fiscal le atribuyó a Rolando Q. haber atentado contra la integridad sexuald de PBL, de 37 años, y JAR, de 36 años.
El Dr. Alejandro Rodríguez, fiscal interviniente en esta causa, indicó que tras la detención producida el sábado se atribuyeron los delitos conforme la narrativa de las víctimas, consistentes en abuso sexual con acceso carnal reiterado, se aclara que es a través de sexo oral para una de las víctimas, y para la otra abuso sexual gravemente utrajante por las circunstancias de su realización»
El funcionario juidicial explicó que «esto encuadra el artículo 119 del Código Penal que establece una pena mínima de seis años y un máximo que se va muy arriba por la suma aritmética de los concursos, del concurso real».
Acerca de la audiencia de medidas cautelares, el integrante de la Unidad Fiscal Reconquista fundamentó el pedido de prisión preventiva por 90 días en dos presupuestos: «Hay elementos para sostener la participación del autor del hecho, del probable autor, la pena en expectativa tiene que superar los tres años, tiene seis de mínimo, y los verdaderos riesgos procesales como el entorpecimiento probatorio».
El fiscal del caso dijo que se tuvo en cuenta que «son víctimas vulnerables por ser mujeres y por ser personal bajo las directivas expresas y directas de quien es el jefe, el imputado. La mayoría de los hechos se habrían dado en el ámbito laboral»
«Y además se hicieron bajo la modalidad de amenazas. Es decir, si hablás o contás, esto va a tener consecuencias en tu trabajo. Eso es lo que, bueno, las obligaba a acceder a la prestación requerida. Y consideré también, o tuve en cuenta, que hay que proteger la investigación, y otros testigos que conociendo de la situación, también siendo empleados de la misma área, comparecieron a la investigación y contaron lo que conocían sobre los hechos»
En ese sentido, sostuvo que son «personas vulnerables», y que como establece la legislación internacional debemos actuar con debida diligencia y por eso pedimos la prisión preventiva. «El juez entendió que 90 días es un plazo razonable. La defensa obviamente se opuso y el juez también dispuso, atento al estado de salud del imputado, a que se haga un análisis respecto a las condiciones para estar en prisión preventiva bajo encierro o prisión domiciliaria. Eso después lo va a determinar el médico forense».
Por último, adelantó que en el Ministerio Público de la Acusación hay un área específica de género y yo diría que hay un 99 por ciento de posibilidades de que esto sea derivado del área de género a cargo en este momento de la doctora Díaz».