Dólar imparable: el «blue» llegó a los $ 420 este martes
Subió 12 pesos en la mañana.
En las primeras operaciones de la jornada, el dólar blue se dispara y marca un nuevo récord de $420 en el mercado paralelo.
De este modo, la divisa informal acumula, hasta el momento, una suba de $12 en apenas una mañana.
En lo que va del año, el blue aumenta $66, después de cerrar 2022 en $346.
Según analistas, los dólares paralelos seguirán en suba durante este mes, debido a la emisión indirecta que conlleva el Programa de Incremento Exportador, que contempla un tipo de cambio diferencial a $300 para los productores sojeros y las economías regionales.
Los dólares financieros también operan este martes con tendencia alcista: el contado con liquidación lo hace a $414,57 y el Bolsa o MEP a $401,12.
El dólar minorista se vende a un promedio de $223,10, el ahorro a $367,13 y el turista, $445.
El Banco Central terminó la primera rueda de la semana con compras por US$73 millones en el mercado cambiario, aprovechando liquidaciones por US$153,8 millones de los agroexportadores.
Con las compras realizadas el lunes, la autoridad monetaria redujo el saldo negativo de abril, que había superado los US$500 millones a unos US$48 millones, mientras que las ventas en el año se achicaron a alrededor de US$3.020 millones.
«Dólar agro»
La Secretaría de Comercio estableció los términos de los acuerdos de precios a suscribirse con los comercializadores o proveedores de mercaderías que pretendan adherirse al Programa de Incremento Exportador para economías regionales.
El objetivo es «garantizar el acceso por parte de los consumidores a diversos productos a un precio razonable», según la Resolución 466/2023 publicada este martes en el Boletín Oficial.
A los fines de manifestar su voluntad de adherir al Programa, los sujetos deberán dar de alta en el Administrador de Relaciones de la AFIP Sistema Interactivo del Portal de Autogestión del Ministerio de Economía, dentro del servicio de la Secretaría de Comercio.
Con posterioridad deberán también informar o acompañar lo requerido a través del Portal de Autogestión sobre Acuerdo de Precios de Comercio, de acuerdo con lo dispuesto. La información cargada sobre Acuerdo de Precios revestirá el carácter de declaración jurada, mientras que la Subsecretaría de Políticas para el Mercado Interno analizará si el sujeto en cuestión cumple con los requisitos que establece la normativa que le resulte aplicable para suscribir los acuerdos de precios en los términos regulados por la nueva Resolución.
Esa Subsecretaría informará la categoría de exportador en que se encuentra comprendida la empresa en función de los siguientes parámetros:
— Categoría A: Comprende a los sujetos cuya facturación total de exportaciones no exceda el 30% de su facturación total, considerando el plazo de 18 meses inmediatos anteriores a la entrada en vigencia del Decreto N° 194 del 9 de abril de 2023, cuyas Declaraciones Juradas del IVA resulten exigibles al 9 de abril de 2023.
Categoría B: comprende a los sujetos cuya facturación total de exportaciones quedare comprendida entre el 30% y el 50% de su facturación total, con el mismo plazo que la categoría anterior.
— Categoría C: comprende a los sujetos cuya facturación total de exportaciones quedare comprendida entre el 50% y 70% de su facturación total.
— Categoría D: sujetos cuya facturación total de exportaciones quedare comprendida entre el 70% de su facturación total.
Entre otros requisitos, la Secretaría de Comercio que los comercializadores que adhieran al Programa de Incremento Exportador deberán utilizar la señalética del Programa «Precios Justos».