La Cámara de Apelaciones resolvió que el juez Lorenzini siga tramitando el concurso de Vicentin SAIC
La Cámara de Apelaciones primeramente hace un repaso por los sucesivos incidentes que fue sufriendo el concurso más importante de las historia de los Tribunales de Reconquista.
En tal sentido relatan que el pasado 10 de marzo de 2023, el Juez de Primera Instancia de Distrito N° 4 en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación decidió excusarse de continuar interviniendo en el concurso preventivo de Vicentin SAIC por encontrarse comprendido en la causal de “violencia moral” . Añadiendo que Lorenzini remitió al Juez del mismo fuero de la Tercera Nominación.
“Concretamente, el Dr. Lorenzini adujo que la solicitud de apertura de juicio político “por parte de un representante de acreedores” respecto de su persona lo “condiciona a la hora de continuar ejerciendo libremente la jurisdicción en este proceso tan relevante y complejo”, sostiene la resolución que se conoció este miércoles 29 de marzo de 2023.
En la continuidad de la resolución la Cámara subraya que el Dr. Avilé Crespo (Juez de la Tercera Nominación) el 16 de marzo de 2023 rechazó la excusación de su colega por no compartir su criterio.
Los integrantes de la Cámara aseguran que Lorenzini no ha explicitado de qué manera el hecho de haber sido denunciado en el marco de la ley 7050 afecta su libertad de decisión en el concurso preventivo. En efecto, sea que la denuncia provenga de un acreedor concursal o de un tercero, «puede entenderse que tal obrar genere en el juez distintas emociones en relación al denunciante», mencionan.
“Pero las decisiones a tomar en un proceso colectivo como el que nos ocupa exceden ampliamente el interés de ese denunciante, ya que se relacionan fundamentalmente con la propia concursada, el conjunto de acreedores, los trabajadores de la empresa, sus contratistas y la comunidad en general”, sentencian.
“En el cumplimiento de nuestra función republicana, los magistrados gozamos de amplias facultades para fundar como mejor nos parezca cada una de las decisiones que debemos tomar en las causas que nos competen, y está bien que así sea siempre que brindemos una explicación razonable y suficiente al justiciable (arts. 3 del CCCN y 95 de la Constitución de la Prov. de Sta. Fe)”, afirman los doctores Dalla Fontana, Sánchez y Román.
De tal manera que la Cámara de Apelación en lo Civil, Comercial y Laboral de la Cuarta Circunscripción Judicial indica que “no resulta justificada la causal de excusación invocada por el Dr. Lorenzini”, en consecuencia resuelven desestimar la causal de excusación invocada por el Dr. Lorenzini, quien deberá seguir tramitando el concurso preventivo de Vicentin SAIC.
La resolución de la Cámara contó con dos votos positivos de los doctores Santiago Andrés Dalla Fontana y Mauricio Sánchez, mientras que el Dr. Alejandro Alberto Román se abstuvo.
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