Pasará a depender de Rosario
Nación volvió a postergar la incorporación de Reconquista al nuevo sistema penal federal
Una resolución de la Corte Suprema de la semana pasada, sumado a la falta recursos instalados, motivó que el Ministerio de Justicia difiriera la implementación para 2025. En el resto de la provincia el sistema oral rige desde mayo.
El Ministerio de Justicia de la Nación postergó por segunda vez la implementación del nuevo Código Procesal Penal Federal (CPPF) en la región norte de Santa Fe. Así, la jurisdicción con sede en Reconquista, continuará desfasada del resto del territorio provincial, donde el nuevo sistema oral rige desde el 6 de mayo.
Este martes 3 de septiembre se cumplieron los 120 días de prórroga original, para que Reconquista y su zona de influencia se incorporara al sistema, fruto de la Ley de Fortalecimiento de la Justicia Penal Federal Nº 27.715.
Sin embargo, en el boletín oficial del mismo día la autoridad ministerial que dirige el Dr. Mariano Cúneo Libarona lanzó la Resolución 277/2024 en la que se dispone “diferir la entrada vigencia del Código Procesal Penal Federal (T.O. 2019) en el ámbito territorial del Juzgado Federal de Reconquista, para las 00:00 horas del 1º de marzo de 2025”.
Todo a Rosario
“Sabíamos que lo iban a pasar a marzo”, reconoció el juez federal de Reconquista, Aldo Alurralde tras tomar conocimiento de lo resuelto la semana pasada en el ámbito de la Corte Suprema. No obstante, aclaró que tampoco estaban dadas las condiciones para comenzar en septiembre: “No tenemos creada la oficina de gestión judicial, ni la designación de personal” para esa área. Y si bien cuentan con una sala de audiencias en el edificio del juzgado, “requiere toda la instalación del sistema de audio y video”, es decir, el “acondicionamiento para el sistema oral”.
Por otra parte, destacó que a pesar de las demoras “se zanjó esa cuestión de que no se sabía que iba a pasar con las causas civiles” y ahora está claro que “todo pasa a la Cámara de Rosario, hasta que se cree la Cámara Federal de Apelaciones en Santa Fe capital; mientras tanto vamos a depender de Rosario”.
La novedad está en que “nos desprendemos de la Cámara de Apelaciones de Resistencia”, Chaco, y “aunque geográficamente nos queda más lejos Rosario, lo importante es que hay un cambio y Reconquista termina uniéndose a Santa Fe”.
Finalmente, Alurralde estimó “prudente” comenzar en marzo de 2025, cuando estén disponibles los recursos necesarios, aunque hasta entonces “tendremos dos códigos distintos en la misma provincia”.
Impacto en la política criminal
En la misma línea, el fiscal federal de Reconquista, Roberto Salum, señaló que “nos enteramos a partir de la resolución del Ministerio de Justicia que la implementación se postergaba” hasta marzo de 2025. “Desde la mirada del Ministerio Público Fiscal, esto tiene un impacto en la política criminal”, porque “hoy los departamentos Vera, General Obligado y la mitad de San Javier tienen un código diferente al resto de la provincial” reconoció.
“Un cuarto de la provincia está con un sistema que no es el que usa el resto del territorio, eso tiene un inconveniente en la diferencia de juzgamiento y aplicación del código en personas que están viviendo en una misma provincia”, dijo.
A propósito de la disputa por las jurisdicciones, Salum recordó que “desde el Ministerio Público Fiscal (MPF) de Reconquista se viene insistiendo hace rato para acoplarnos a la provincia, e ingresar al Distrito Santa Fe, que tiene sede en Rosario”.
Por otra parte, destacó la necesidad de implementar el Código en todo el Distrito Santa Fe y para ello “en el MPF hace rato que se viene trabajando con capacitaciones. Es verdad que todavía falta la infraestructura edilicia, pero el resto de las cuestiones hace tiempo que las venimos trabajando, con la implementación de la UNISA, que es la Unidad de Implementación del Sistema Acusatorio Federal”, subrayó.
La incorporación
Entre los fundamentos que esgrime el documento consta que la implementación de la reforma inició el 6 de mayo en la jurisdicción que se agrupa bajo la Cámara Federal de Apelaciones Rosario, es decir, los juzgados federales de Santa Fe, Rafaela, Venado Tuerto y obviamente Rosario. Quedando marginado de la implementación el juzgado federal de Reconquista, que hasta la fecha reporta sus causas a la Cámara de Apelaciones de Resistencia, en la provincia de Chaco.
Para salvar la discriminación, el 3 de mayo pasado el Ejecutivo nacional prorrogó por 120 días la implementación del nuevo código penal en Reconquista, a expensas de su traspaso a la órbita de la cámara rosarina. “El plazo escogido se estimó suficiente para que este Ministerio concluyera su propio relevamiento en esa sede, y para que los órganos del sistema de justicia ejecutaran las acciones que estimaran pertinentes”, indica la fuente oficial.
Todas las materias
Sin embargo, la semana previa a que se cumpliera el plazo de 120 días, la Corte Suprema de Justicia de la Nación se expidió sobre un punto neurálgico para la administración de justicia en ese ámbito territorial.
El miércoles 28 de agosto, con la firma de los ministros Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Juan Carlos Maqueda, se emitió la Resolución 2185/2024 en la que define que el órgano judicial que actuará como tribunal de alzada del Juzgado Federal de Reconquista en todas las materias que integran su competencia será la Cámara de Apelaciones de Rosario y que “regirá a partir de la entrada en vigencia del Código Procesal Penal Federal en el ámbito territorial del referido juzgado”.
Y ante el “inminente vencimiento de plazos” exhortaron al Ministerio de Justicia para que “adopte las medidas de apoyo institucional de los órganos involucrados que posibiliten la implementación del Código Procesal Penal Federal” de acuerdo a los planteos que ambos actores judiciales hicieron oportunamente.
Seis meses más
En respuesta a ello, Nación resolvió dilatar -ahora por seis meses- la implementación definitiva, atribuyendo en forma directa a la Corte el dislate por un asunto “lateral”.
“Resulta aconsejable posponer de manera excepcional y extraordinaria la fecha establecida en la Resolución N° RESOL-2024-148-APN-MJ, con el propósito de mitigar el impacto del traspaso de las competencias no penales a la Cámara Federal de Apelaciones de Rosario”, destaca la autoridad ministerial y al punto aclara que “la prórroga obedece exclusivamente a esta circunstancia, derivada de un pronunciamiento de la Corte Suprema de Justicia de la Nación sobre un asunto lateral y, por lo tanto, ajeno al proceso de implementación”.
Por último, desde el Ministerio de Justicia ratificaron la “voluntad de brindar asistencia técnica y financiera a los órganos que forman parte de la Mesa de Coordinación, así como de colaborar en el desarrollo de las actividades de capacitación. No obstante, el aporte de esta cartera de estado no exime a tales órganos de la ejecución de las acciones que sean conducentes para cumplir con el cronograma establecido”, cierra.