Concejo Municipal
Reconquista: pedido de informe del PRO por un loteo en suelo no permitido
El requerimiento es de autoría de la concejal Fedra Buseghin. Está dirigido al Ejecutivo.
En última sesión, el Concejo Municipal de Reconquista aprobó un pedido de informe presentado por la edil Fedra Buseghin (PRO) respecto de la existencia de un loteo en el paraje rural La Lola, a sur del distrito.
La concejal planteó en su solicitud -tradada sobre tablas - que, según testimonio de los propios vecinos, al oeste del enclave citado se “está llevando adelante un loteo que ellos entienden que no está permitido”, y consideró pertinente la información requerida al Ejecutivo, que “servirá para aclarar las dudas de los ciudadanos”.
En la parte resolutiva del texto que obtuvo la anuencia de sus pares, al concejal opositora pidió que se remita al Concejo la información de “si se está llevando a cabo un loteo en el punto oeste de paraje La Lola, en ‘Suelo no Urbanizable’ de la ciudad de Reconquista”, y en caso de respuesta afirmativa, que se informe todo lo relacionado al mismo.
El considerandos, citó la ordenanza 8788/21 sobre Plan de Ordenamiento Urbano Ambiental que establece determinadas áreas de la ciudad de Reconquista como “Suelo no Urbanizable o Rural”.
Asimismo, sostuvo que a los efectos de su catalogación, adopta criterios de identificación a través de distintas Unidades Paisajísticas que conforman el distrito, una de ellas es la “Unidad Paisajística Rural Agropecuario”, donde se encuentra comprendido el paraje La Lola como “Unidad Vecinal en Suelo no Urbanizable”.
“Los ‘Suelos no Urbanizables’ son las áreas que se preservan del desarrollo urbano y que se destinan al uso racional y sustentable de los recursos naturales o a la protección y preservación de áreas consideradas especiales del medio ambiente. Son espacios rurales unidos por una fragilidad intrínseca frente a los usos urbanos, por lo que merecen ser preservados de toda transformación urbanística, tendiendo a que aquellas actuaciones que se realicen tengan como objetivo su mejor conservación”, recogió en el escrito
Sobre la cuestión, ahondó que que la Unidad Paisajística denominada “Rural Agropecuario” se corresponde con la tierra destinada a la actividad agrícola y ganadera extensiva e intensiva y con usos de servicios asociados. “En el distrito, su superficie representa un bajo porcentaje, por lo que es indispensable su conservación a través de una producción responsable compatible con un desarrollo sustentable”, consigó.